Adicional Remunerativo por Título de Posgrado de Doctor

El CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL NORDESTE resuelve:

Aprobar el Procedimiento Administrativo y los Requisitos de la Documentación a presentar para la percepción del Adicional Remunerativo por Título de Posgrado de Doctor, de conformidad con el texto que se agrega como Anexos I y II de la presente Resolución Nº 502/10.

ANEXO I

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PERCEPCIÓN DEL ADICIONAL REMUNERATIVO POR TÍTULO DE POSGRADO DE DOCTOR

Art. 1º- La tramitación de las solicitudes de Adicional por Título de Doctor se iniciará por Mesa de Entrada y Salidas, Rectorado (UNNE) 25 de Mayo 868, Corrientes.

Art. 2º- El interesado deberá presentar la siguiente documentación:

· Nota elevación dirigida al Sr. Rector solicitando la bonificación por título de Doctor.
· Apellido y nombre completo del interesado.
· Cargo docente y Unidad Académica de quien depende.
· Número de Resolución de Acreditación d ela carrera de Doctorado. Si fuera una Carrera de otra Universidad nacional deberá adjuntar copia de dicha Resolución.

· Número de reconocimiento Oficial y Validez Nacional del Título de la Carrera de posgrado, por la que solicita el adicional.

· Fecha de expedición de Título de Doctor.
· Correo electrónico-Número telefónico.
· Comprobante Nº de CUIL (ANSES)
· Fotocopia del Título, anverso y reverso, debidamente certificado por Secretario Académico o Decano de su Unidad Académica con la rúbrica “Es copia fiel del original”. Se deberá observar en lo pertinente, los criterios de documentación establecidos en el Anexo II.

· Carpeta colgante.

Art. 3º- La presentación seguirá un circuito administrativo que garantizará la certificación de los requisitos exigidos por el Área de Recursos Humanos del Ministerios de Educación de la Nación.

Art. 4º- La Dirección de Posgrado deberá certificar fehacientemente las condiciones del diploma presentado, habiendo constatado que la documentación se encuentra completa remitirá las actuaciones a Auditoria Interna de la Universidad.

Art. 5º- Con informe favorable del Auditor, confeccionará la Declaración Jurada para solicitar el Alta ante la dirección General de Políticas Universitarias, del docente que iniciará el Trámite.

Art. 6º- La declaración jurada deberá ser firmada por el Auditor y el Sr. Rector.

Art. 7º- Cumplimentando lo establecido en el Articulo 6, y devueltas las actuaciones a la Dirección de Posgrado, se remitirán las actuaciones a la dirección general de Personal para que sirva asentar en el legajo personal de cada solicitante una copia del Diploma debidamente certificado.


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